ARTÍCULO SÉPTIMO.- La Institución es una organización sin fines de lucro que tiene como beneficiarios en todas y cada una de las actividades asistenciales que realiza a personas, sectores y regiones de escasos recursos; comunidades indígenas y grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad y tiene por objeto realizar las siguientes actividades: a) Orientación social, educación o capacitación para el trabajo. Entendiendo por orientación social la asesoría en materias tales como la familia, la educación, la alimentación, el trabajo y la salud. b) Brindar atención a requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido y/o vivienda. c) Fomento de acciones para mejorar la economía popular. d) La asistencia o rehabilitación médica o a la atención en establecimientos especializados. e) Apoyo para el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas. f) Aportación de servicios para la atención a grupos sociales con discapacidad. g) Apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos. h) Cívicas, enfocadas a promover la participación ciudadana en asuntos de cultura del ahorro y emprendimiento, así como temas sociales.
| 1. | Raquel Druker Szniger | Patrono presidente |
| 2. | Gustavo Manuel Ramírez Reyes | Patrono secretario |
| 3. | Óscar Juan Pfeiffer Schlittler | Patrono tesorero |
| 4. | José Manuel González Mendoza | Patrono vocal |
| 5. | Jorge Kleinberg Druker | Patrono vocal |
| Atención Final | Descripción del tipo de servicios |
| Apoyos económicos : Atención a personas físicas con requerimientos básicos de alimentación, vestido o vivienda | Actividad que consiste en la entrega de recursos a personas en situación de vulnerabilidad, para subsanar una necesidad. |
| Apoyos económicos : Donativos a organizaciones | Actividad que consiste en la transferencia de recurso económico y o en especie a personas morales. Personas morales Persona moral es el conjunto de personas físicas y/o morales, que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal , sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones. |