ARTÍCULO CUARTO. - La Fundación es una organización sin fines de lucro que tiene como beneficiarios en todas y cada una de las actividades asistenciales que realiza a personas, sectores y regiones de escasos recursos; comunidades indígenas y grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad y tiene por objeto realizar las siguientes actividades: a) La atención a requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido o vivienda. b) La asistencia o rehabilitación médica o a la atención en establecimientos especializados. c) Orientación social, educación o capacitación para el trabajo. Entendiendo por orientación social la asesoría en materias tales como la familia, la educación, la alimentación, el trabajo y la salud. d) Aportación de servicios para la atención a grupos sociales con discapacidad.
| 1. | Juana Rodríguez Díaz | Patrono presidente |
| 2. | Juan Manuel de Alba Molinari | Patrono vicepresidente |
| 3. | Olivia Blanco Hernández | Patrono tesorero |
| 4. | Paulina García Cortés | Patrono secretario |
| 5. | René Rubén Carranza Sánchez | Patrono vocal |
| 6. | Daniel Díaz de León Anaya | Patrono vocal |
| Atención Final | Descripción del tipo de servicios |
| Rehabilitación : Habilitación y rehabilitación de personas con discapacidad | Actividad que enmarca procesos terapéuticos en el ámbito de la atención médica, que permiten la adquisición de capacidades y destrezas a personas que presentan una discapacidad. |
| Orientación social | Actividad de asesoría individual o grupal en materias tales como la familia, la educación, la alimentación, el trabajo y la salud que tienen como propósito que todo miembro de la comunidad pueda desarrollarse, aprenda a dirigirse por sí mismo y contribuya con su esfuerzo a la tarea común o bienestar del grupo, como el máximo de sus posibilidades. |