ARTICULO CUARTO. - La Institución tiene por objeto: La Institución es una organización sin fines de lucro que tiene como beneficiarios en todas y cada una de las actividades asistenciales que realiza a personas, sectores y regiones de escasos recursos; comunidades indígenas y grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad y tiene por objeto realizar las siguientes actividades: A) La atención a requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido o vivienda. B) La asistencia o rehabilitación médica o a la atención en establecimientos especializados. C) Orientación social, educación o capacitación para el trabajo. Entendiendo por orientación social la asesoría en materias tales como la familia, la educación, la alimentación, el trabajo y la salud.
1. | Fernando Javier Rovzar Diez Barroso | PATRONO PRESIDENTE |
2. | Laura Patricia Aguilar López | PATRONO SECRETARIO |
3. | Jorge Manuel Cano Pérez | PATRONO TESORERO |
4. | Vicente Macías Corvera | PATRONO VOCAL |
5. | Hilda Espino Rubio | PATRONO VOCAL |
Nivel 1 | Nivel 2 | Nivel 3 y Atención Final |
Descripción del tipo de servicios |
Desarrollo social | Orientación social | Orientación social | Actividad de asesoría individual o grupal en materias tales como la familia, la educación, la alimentación, el trabajo y la salud que tienen como propósito que todo miembro de la comunidad pueda desarrollarse, aprenda a dirigirse por sí mismo y contribuya con su esfuerzo a la tarea común o binestar del grupo, como el máximo de sus posibilidades. |
Salud | Consulta | Consulta psicológica | Actividad que consiste en la atención proporcionada por personal de psicología clínica quien trata diferentes trastornos mentales y del comportamiento, así como, problemáticas de salud mental utilizando psicoterapia y otros recursos terapéuticos y está encaminada a la prevención e identificación y atención de casos, así como a la psicoeducación. |
Alojamiento | Temporal | Refugio | Establecimiento para la seguridad de personas víctimas de violencia donde se brinda alojamiento, alimentación, asistencia médica especializada, jurídica, psiquiátrica y psicológica, capacitación para su integración social y laboral, orientación social y los cuidados mínimos que cubran las necesidades particulares de acuerdo con el modelo de atención, las 24 horas del día, los 365 días del año. La permanencia de la población se dará en tanto subsista la inestabilidad física y/o psicológica, o el riesgo de la persona y como medida de protección temporal cuando la restitución o reinserción de la víctima a su núcleo familiar no sea posible, o se considere desfavorable. |