ARTICULO CUARTO: El objeto de la institución, será de manera enunciativa y no limitativa el siguiente: a) Otorgar apoyo a personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la Renta, para la consecución de sus propios objetivos en materia de educación, salud, equipamiento médico, rehabilitación física y mental, vivienda, alimentación, discapacidad y orientación social. b) La impartición de educación con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación, a personas de escasos recursos en los niveles básico, medio y medio superior, pudiendo cobrar cuotas de recuperación previo estudio socioeconómico. c) El otorgamiento de becas para realizar estudios en instituciones de enseñanza que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación.
1. | Ernesto Moya Pedrola | Patrono presidente |
2. | Carlos Acedo Moreno | Patrono vicepresidente |
3. | Claudia E. Lara Ancira | Patrono secretario |
4. | Juan Pacheco del Río | Patrono vocal |
5. | Luis Farell Castillo | Patrono vocal |
6. | Miguel Ángel Gutíerrez Vargas | Patrono vocal |
7. | Óscar Ortiz Sahagún | Patrono vocal |
8. | Paola Hirmas Said | Patrono vocal |
9. | Raúl Alvarado Herroz | Patrono vocal |
10. | Joaquín Alcalá y Herroz | Patrono vocal |
Atención Final | Descripción del tipo de servicios |
Donativos a organizaciones | Actividad que consiste en la transferencia de recurso económico y en especie a organizaciones autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. |