ARTICULO CUARTO. - La fundación tendrá por objeto: (1) Otorgar becas, mediante concurso abierto al público en general, y con base a la capacidad académica del candidato para cursar estudios en instituciones que cuenten con autorización con o reconocimiento de validez oficial de estudios, en términos de la Ley General de Educación, de preferencia en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, o cuando se trate de instituciones del extranjero, éstas estén reconocidas por el Consejo Nacional de Ciencias y Tecnología. (2) Proporcionar apoyo económico a organizaciones de asistencia social, autorizadas para recibir donativos deducibles en términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que tengan por objeto otorgar el servicio de Casa Hogar a niños en estado de orfandad.
1. | Emilio Rodríguez Arnaiz | PATRONO PRESIDENTE |
2. | Rosario Rodríguez Arnaiz | PATRONO SECRETARIO |
3. | Laura Ávila Rodríguez | PATRONO TESORERO |
4. | María Elodia Robles Sotomayor | PATRONO VOCAL |
5. | José Carassó Arnaiz | PATRONO VOCAL |
Nivel 1 | Nivel 2 | Nivel 3 y Atención Final |
Descripción del tipo de servicios |
Apoyos económicos | Personas morales | Donativos a organizaciones | Actividad que consiste en la transferencia de recurso económico y en especie a organizaciones autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. |