ARTÍCULO CUARTO. - La institución tendrá por objeto, en beneficio de personas, sectores, regiones de escasos recursos o grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad: I. Brindar atención a los requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido, salud, educación, enseres domésticos e insumos sanitarios, así como asistencia médica. II. Otorgar apoyo económico a otras personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles en términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, cuyo objeto sea la realización de acciones de asistencia social, educación o salud.
1. | Manuel Gómez Díaz | PATRONO PRESIDENTE |
2. | Eduardo Macías Ocampo | PATRONO SECRETARIO |
3. | Enrique Fernández Rivera Río | PATRONO TESORERO |
4. | Juan Carlos Sánchez Acevedo | PATRONO VOCAL |
5. | Oscar Rivera Rodríguez | PATRONO VOCAL |
6. | Angélica de la Vega Arévalo | PATRONO VOCAL |
7. | Salvador Padilla Cano | PATRONO VOCAL |
8. | Alfonso Méndez Méndez | PATRONO VOCAL |
9. | Pablo Alejandro Limón Mestre | PATRONO VOCAL |
Nivel 1 | Nivel 2 | Nivel 3 y Atención Final |
Descripción del tipo de servicios |
Apoyos económicos | Personas morales | Donativos a organizaciones | Actividad que consiste en la transferencia de recurso económico y en especie a organizaciones autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. |
Apoyos económicos | Personas físicas | Apoyo en especie a personas físicas | Actividad que consiste en la entrega de recursos no monetarios a personas en situación de vulnerabilidad, para subsanar una necesidad. |