ARTÍCULO CUARTO. - La institución tendrá por objeto, en beneficio de personas, sectores, regiones de escasos recursos o grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad: I. Brindar atención a los requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido, salud, educación, enseres domésticos e insumos sanitarios, así como asistencia médica. II. Otorgar apoyo económico a otras personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles en términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, cuyo objeto sea la realización de acciones de asistencia social, educación o salud.
1. | Manuel Gómez Díaz | Patrono presidente |
2. | Eduardo Macías Ocampo | Patrono secretario |
3. | Enrique Fernández Rivera Río | Patrono tesorero |
4. | Juan Carlos Sánchez Acevedo | Patrono vocal |
5. | Óscar Rivera Rodríguez | Patrono vocal |
6. | Angélica de la Vega Arévalo | Patrono vocal |
7. | Salvador Padilla Cano | Patrono vocal |
8. | Alfonso Méndez Méndez | Patrono vocal |
9. | Pablo Alejandro Limón Mestre | Patrono vocal |
Atención Final | Descripción del tipo de servicios |
Apoyos económicos : Atención a personas físicas con requerimientos básicos de alimentación, vestido o vivienda | Actividad que consiste en la entrega de recursos a personas en situación de vulnerabilidad, para subsanar una necesidad. |
Apoyos económicos : Donativos a organizaciones | Actividad que consiste en la transferencia de recurso económico y o en especie a personas morales. Personas morales Persona moral es el conjunto de personas físicas y/o morales, que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal , sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones. |