¿Qué hacemos?

La junta tiene por objeto, con base en el Artículo 71 de la LIAP, el cuidado, fomento, apoyo, vigilancia, asesoría y coordinación de las Instituciones de Asistencia Privada (IAP) que se constituyan y operen conforme a la LEY.

Actividades realizadas por la Junta de Asistencia Privada

Para el cumplimiento de su objeto la Junta de Asistencia Privada realiza diversas actividades, entre las que podemos destacar las siguietes:

Vigilancia de las IAP
  1. La coordinación y ejecución del Mecanismo Integral de Vigilancia de Obligaciones a cargo de las IAP, en sus tres ejes:
    1. Práctica de visitas de vigilancia:
      1. De supervisión;
      2. De inspección;
      3. Como integrante del Comité de Supervisión, Vigilancia y Seguimiento; y
      4. En acompañamiento a otra autoridad.
    2. Coordinación y ejecución del cuestionario de vigilancia; y
    3. Análisis de la información financiera.
  2. El control del cumplimiento de obligaciones previstas en la Ley de Instituciones de Asistencia Privada:
    • Estados financieros y balanzas de comprobación;
    • Libros contables;
    • Informe anual de actividades;
    • Programa de trabajo y presupuesto de ingresos, egresos e inversiones en activos fijos; y
    • Pago de la cuota del seis al millar.
  3. Verificación del uso de suelo y del programa interno de protección civil en los establecimientos de las IAP.
Atención de solicitudes y trámites a cargo de las IAP
  1. Constancia de Reducciones;
  2. Contratos de arrendamiento de bienes y avisos de desocupación;
  3. Arrendamiento de bienes por más de 5 años o anticipo de rentas por más de 2 años;
  4. Presupuesto de ingresos, egresos e inversiones en activos fijos;
  5. Programa de Trabajo;
  6. Enajenación de bienes;
  7. Adquisición de bienes por donación onerosa o condicional;
  8. Otorgamiento de fondos de apoyo económico; y
  9. Líneas de crédito.
Otras acciones
  1. Atender solicitudes de ministerios públicos o fiscalías relacionadas con búsqueda de personas;
  2. Emitir opiniones a la Dirección Jurídica respecto de:
    1. Constituciones;
    2. Transformaciones;
    3. Fusiones;
    4. Reformas de estatuto;
    5. Constancias de actividades;
    6. Informes de liquidación; y
    7. Defensa de medios de impugnación en litigios contra actos emitidos por la Dirección de Análisis y Supervisión.
  3. Emitir opinión a la Dirección de Programas Asistenciales para la obtención de la inscripción al Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social (DNIAS);
  4. Atender requerimientos de otras autoridades respecto de los servicios asistenciales que brindan las IAP;
  5. Proyectar y revisar convenios de colaboración con otras autoridades y organizaciones públicas o privadas; y
  6. Coordinar acciones con autoridades fiscales de la Ciudad de México para la aplicación de reducciones a favor de las IAP.