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La coordinación y ejecución del Mecanismo Integral de Vigilancia de Obligaciones a cargo de las IAP, en sus tres ejes:
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Práctica de visitas de vigilancia:
- De supervisión;
- De inspección;
- Como integrante del Comité de Supervisión, Vigilancia y Seguimiento; y
- En acompañamiento a otra autoridad.
- Coordinación y ejecución del cuestionario de vigilancia; y
- Análisis de la información financiera.
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Práctica de visitas de vigilancia:
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El control del cumplimiento de obligaciones previstas en la Ley de Instituciones de Asistencia Privada:
- Estados financieros y balanzas de comprobación;
- Libros contables;
- Informe anual de actividades;
- Programa de trabajo y presupuesto de ingresos, egresos e inversiones en activos fijos; y
- Pago de la cuota del seis al millar.
- Verificación del uso de suelo y del programa interno de protección civil en los establecimientos de las IAP.
¿Qué hacemos?
Con base en el Artículo 71 de la LIAP, la Junta tiene por objeto el cuidado, fomento, apoyo, vigilancia, asesoría y coordinación de las Instituciones de Asistencia Privada (IAP) que se constituyan y operen conforme a la Ley.
Actividades realizadas por la Junta de Asistencia Privada
En la ejecución ordinaria de las funciones a cargo de la Junta de Asistencia Privada, se realizan diversas actividades. Entre las más relevantes se encuentran las siguientes:
Vigilancia de las IAP
Atención de solicitudes y trámites a cargo de las IAP
- Constancia de Reducciones;
- Contratos de arrendamiento de bienes y avisos de desocupación;
- Arrendamiento de bienes por más de 5 años o anticipo de rentas por más de 2 años;
- Presupuesto de ingresos, egresos e inversiones en activos fijos;
- Programa de Trabajo;
- Enajenación de bienes;
- Adquisición de bienes por donación onerosa o condicional;
- Otorgamiento de fondos de apoyo económico; y
- Líneas de crédito.
Otras acciones
- Atender solicitudes de ministerios públicos o fiscalías relacionadas con búsqueda de personas;
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Emitir opiniones a la Dirección Jurídica respecto de:
- Constituciones;
- Transformaciones;
- Fusiones;
- Reformas de estatuto;
- Constancias de actividades;
- Informes de liquidación; y
- Defensa de medios de impugnación en litigios contra actos emitidos por la Dirección de Análisis y Supervisión.
- Emitir opinión a la Dirección de Programas Asistenciales para la obtención de la inscripción al Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social (DNIAS);
- Atender requerimientos de otras autoridades respecto de los servicios asistenciales que brindan las IAP;
- Proyectar y revisar convenios de colaboración con otras autoridades y organizaciones públicas o privadas; y
- Coordinar acciones con autoridades fiscales de la Ciudad de México para la aplicación de reducciones a favor de las IAP.