Número de Institución: 0194
ARTÍCULO 4°. - La Institución tiene por objeto: Apoyar económicamente las actividades de personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del impuesto sobre la renta. Dichos apoyos económicos deberán ser otorgados a las Instituciones que se señalan en el siguiente artículo únicamente.
| Atención Final | Descripción del tipo de servicios |
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| Apoyos económicos : Donativos a organizaciones | Actividad que consiste en la transferencia de recurso económico y o en especie a personas morales. Personas morales Persona moral es el conjunto de personas físicas y/o morales, que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal , sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones. |