Constitución de una IAP

Trámite mediante el cuál se solicita a la Junta de Asistencia Privada la posible autorización de la constitución de una nueva Institución de Asistencia Privada en la Ciudad de México.

¿Quién realiza este trámite?

Personas físicas mayores de 18 años y/o personas morales, cuyo interés es constituir Instituciones de Asistencia Privada; o, en su caso, transformarse en éstas.

¿Qué se necesita para realizarlo?

  1. Documentos de identificación oficial
    • Credencial para Votar – Original
    • o Cédula Profesional – Original
    • o Pasaporte – Original
  2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Para personas morales: Acta constitutiva, poder notarial e identificación oficial del representante o apoderado. – Original

  3. Solicitud de autorización para la “Constitución de una Institución de Asistencia Privada”.
  4. Copia de las identificaciones oficiales de los fundadores.
  5. Currícula de los patrones.
  6. Proyecto de estatutos.
  7. Programa de trabajo.
  8. Proyecto de presupuesto para el primer año de operación (proyección y cuestionario financiero).
  9. Constancias respecto de los bienes que constituyen el patrimonio según el artículo 8 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada del Distrito Federal.
  10. Constancias de la planeación de estrategias para la procuración de fondos.
  11. Constancias de la existencia y disposición de los recursos humanos, materiales y económicos necesarios para llevar a cabo el objeto.

¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?

  1. Ingresa por escrito la solicitud de “Constitución” y documentación anexa ante Oficialía de Partes.
  2. Recibe acuse correspondiente al solicitante.
  3. Se revisa la solicitud y anexos; se realizan gestiones y visita al domicilio manifestado. Si la propuesta de constitución reúne los requisitos legales, se somete a consideración del Consejo Directivo en la sesión inmediata posterior; en caso contrario se emite oficio de prevención con observaciones.
  4. Se notifica oficio de observaciones o, en su caso, oficio de autorización de constitución.
  5. En caso de observaciones, el solicitante desahoga; o, en su caso, recibe el oficio de autorización para protocolización ante Notario y/o desahoga por escrito dentro del término concedido, acompañando la documentación respectiva.
  6. Se recibe y analiza el desahogo de observaciones para determinar la procedencia.
  7. El Consejo Directivo emite, en su caso, la autorización de constitución.
  8. Se entrega el oficio de autorización de la constitución de la Institución de Asistencia Privada para su protocolización ante Notario.

Costos, formatos y vigencia

Descarga de formatos

Sin formatos establecidos, escritos libres

Documentos adjuntos

Sin formatos.

Documento que se obtiene

• Autorización

Costos

Sin costo

Vigencia

vigencia conforme a la autorización

Duración / Respuesta

40 días hábiles

La respuesta del trámite deberá conservarse para fines de acreditación, inspección y verificación.

Fundamento jurídico

Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal: artículos 1, 2, 3, 4, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 70, 71, 72 fracciones I y VI, 81 fracción IV y 82 fracción I.

Reglamento de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal: artículos 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 62, 68, 70 (primer párrafo), 74, 75 y 79.

El presente trámite y/o servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera; por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.

Contacto

Oficialía de Partes
Calderón de la Barca #92, Col. Polanco, Miguel Hidalgo, C.P. 11560, Ciudad de México

Asesoría:
Para asesorías sobre la creación de una Institución de Asistencia Privada (I.A.P.) o para resolver dudas relacionadas, contactar a la Mesa de Ayuda de la Junta de Asistencia Privada de la Ciudad de México.

Tel: 55 5279 7270 ext. 7600
Correo: mesadeayuda@jap.cdmx.gob.mx

Horario: Lunes a jueves de 8:00 a 17:00 h
Viernes de 8:00 a 15:00 h